Los autónomos veremos cómo desde el 1 de enero de 2016 sube de nuevo la cuota de autónomos un 1% acuerdo a lo aprobado en los Presupuestos Generales del Estado.
La base mínima de cotización de los autónomos, que es por la que cotiza el 86% de colectivo, se sitúa en 2016 en 893,10 euros, en total 10.717,20 euros anuales. Lo que conlleva una cuota mínima mensual de 267,04 euros en lugar de los 264,44 euros que veníamos pagando en 2015, en total 31 euros más año. En el caso de los autónomos societarios, la cuota sube aproximadamente hasta 318 euros.
La base máxima de cotización sube también un 1% pasando de 3.606 euros a 3.642 euros.
Hay que recordar que la base de cotización es el sueldo "teoríco" que se fija el autónomo para determinar su aportación a la Seguridad Social, independientemente de lo que ganemos o no,y al que existir un mínimo,eso quiere decir que estamos obligados a cotizar por un sueldo mínimo aunque realmente no lo estemos cobrando.
Además, condiciona las prestaciones que puede recibir un autónomo en situaciones de desempleo,baja por enfermedad, baja por accidente, y muy especialmente en caso de jubiliación. A la larga, si no somos capaces de incrementar nuestros rendimientos y nuestra base de cotización, la prestación de jubilación estará un poco ajustado para cubrir las necesidades basicas.
Esta subida,habitual en los últimos años,reabre el debate sobre la cuota de autónomos en dos sentidos.
Por una parte, sobre la conveniencia de estas subidas, ya que en los últimos 5 años la cuota de autónomos ha subido un 5% cuando los ingresos de la mayoría de los autónomos han decrecido y cuando la inflación en 2014 fue negativa y en el 2015 ha finalizado el año a cero. Es decir, supone un mayor esfuerzo, algo que no contribuye precisamente ni a mejorar la posición de los autónomos ni favorece que puedan crear empleo.
Y por otra sobre la conveniencia de implantar un sistema progresivo de cotización para los autónomos.De hecho,son muchos los profesionales autónomos y colectivos que lamentan que las cotizaciones de los autónomos de la Seguridad Social se ciñen a un porcentaje fijo y no progresivo en función del rendimiento de la actividad y que no exista una exención de cuota para los que ganan menos que el salario mínimo.
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