La tarifa plana para autónomos consiste en el pago mensual de 53 euros a la Seguridad Social en lugar de los 261,83 euros que contribuyen la cuota mensual mínima. Se introdujo inicialmente en febrero del 2013 para nuevos autonomos menores de treinta años y, tras un año de su entrada en vigor, ha beneficiado a 170.000 emprendedores, según ha avanzado la Ministra de Empleo, Fátima Báñez.
Debido a la fuerte reacción entre el colectivo de autonomos, el gobierno ha extendido su aplicación a todos los nuevos autónomos independientemente de su edad, medida que ha entrado en vigor el 28 de septiembre de 2013 con la publicación en el BOE de la Ley 14/2013 de 27 de diciembre, de apoyo a los emprendedores y a su internacionalización.
Requisitos de la tarifa plana para autónomos
El Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y la creación del empleo introdujo la tarifa plana para menores de treinta años.
El primer requisito era tener menos de 30 años en el momento del alta en el régimen especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
Con la aprobación de la Ley de Emprendedores este requisito ha desaparecido al extenderse la tarifa plana a todos los nuevos autónomos independientemente de su edad.
Los demás requisitos a cumpplir para beneficiarse de la tarifa plana son:
- No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores.
- No emplear a trabajadores por cuenta ajena.
Además, ha quedado a criterio de la Tesorería General de la Seguridad Social la concesión final, lo que en la práctica ha dado lugar a tres requisitos adicionales en base a sus interpretaciones:
- No ser administrador de una sociedad mercantil.
- No haber recibido anteriormente una bonificación de la Seguridad Social como autónomo, aunque hayan pasado más de cinco años.
- No ser autónomo colaborador (régimen especial para los familiares de los autónomos).
Todo ello ha causado bastante controversia y denuncias en medios ya que estos criterios no estaban en la orden, sino en una circular interna de la Seguridad Social, lo cual ha provocado que muchos autónomos societarios que contaban con esa ayuda no hayan podido recibirla.
También hay que precisar que en el caso de las cooperativas de trabajo asociado si se puede optar a la tarifa plana.
No así en el caso de pluriactividad entre trabajo por cuenta propia y ajena, ya que la Ley de Emprendedores introduce unas nuevas bonificaciones del 50% de la cuota de autónomos para esos casos.
Cuantía de la tarifa plana para autónomos
La cuantía de la tarifa plana varía a lo largo de los primeros meses de actividad, estableciéndose tres tramos de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización, incluyendo la capacidad temporal:
- Primeros 6 meses: 80% de reducción de la cuota, con lo que son las bases y tipos del 2014 se queda en 53,07 euros.
- Mese del 7 al 12: 50% de reducción duraten el segundo semestre, que se quedaría en 2014 en 131,36 euros.
- Meses 13 al 18: 30% de reducción durante el siguiente semestre, que se quedaría con las bases y tipos de cotización de 2013 en 183,55 euros.
Los jovenes menores de 30 años y las mujeres menores de 35 años se beneficiarán de la siguiente bonificación adicional:
- Meses 19 al 30: 30% de bonificación adicional durante los 12 meses siguientes, con lo que la cuota se mantendría en 183,28 euros.
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