- El acuerdo incluye una disposición que da hasta el 31 de diciembre como plazo a la negociación
- Firma con CCOO y UGT un acuerdo que no tiene garantizados los apoyos en el Congreso
La firma del acuerdo para reducir la jornada laboral a 37,5 horas con CCOO y UGT da un año a los negociadores de patronal y sindicatos para acordar cómo implementar este recorte del tiempo de trabajo, si el texto consigue reunir los apoyos necesarios en el Congreso de los Diputados. La firma escenificada este viernes abre una nueva fase para la negociación de este cambio incluido en la hoja de ruta del Ejecutivo progresista, que pasa al plano político donde fuentes de la negociación esperan que se introduzcan nuevas ayudas a las pymes como gesto para convencer a los siete diputados de Junts.
Tras el enfrentamiento entre los ministerios de Economía y Trabajo escenificado en la última semana, se dio a conocer el documento definitivo en el que se incluyó una disposición transitoria primera que detalla cómo se aplicará el cambio, como adelantó 'El Mundo'. "Las comisiones negociadoras de los convenios colectivos que a la entrada en vigor de esta norma contemplen una jornada superior a las treinta y siete horas y media semanales de promedio anual, dispondrán de un plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para realizar las adaptaciones necesarias que aseguren el cumplimiento de lo previsto en esta norma, en particular, respecto a lo establecido respecto a la jornada ordinaria de trabajo máxima".
La transitoriedad ya fue una de las claves abordadas en la mesa de negociación bipartita (entre patronal y sindicatos) que se dio por zanjada a comienzos de año, cuando el Ministerio de Trabajo convocó el diálogo a tres. Por ello, fuentes sindicales trasladan a elEconomista.es que esta cláusula no parte de la imposición del departamento de Carlos Cuerpos, sino que fue propuesta por los representantes de los trabajadores que quieren evitar una ruptura en la negociación colectiva.
Esta era también una de las claves señaladas por CEOE y Cepyme, que se habían opuesto a una imposición de la reducción de la jornada por ley por el impacto que tenía en los convenios que estuvieran vigentes, con subidas salariales proyectadas para varios ejercicios. Los negociadores de la patronal veían oportuno extender este límite hasta el fin del periodo en el que el convenio tenía efectos económicos, no obstante, los representantes de CCOO y UGT se negaron a esta posibilidad, puesto que en la práctica suponía retrasar la reducción de la jornada laboral hasta el 2028 o 2029 en los acuerdos laborales recién firmados. Además, planteaba un problema para aquellos que se encontrasen en ultraactividad.
El texto acordado finalmente da unos meses de margen, suponiendo que se cumplan los planes del Gobierno de aprobarla en primavera, pero no llegan a este extremo. Esta es precisamente la dirección en la que había apuntado el titular de Economía en sus últimas intervenciones públicas, que fueron bien recibidas por los empresarios, por entender que la aplicación gradual era mucho más coherente que la entrada en vigor según se publicara en el BOE que había abanderado Díaz. Si bien, con la redacción actual, técnicamente ambas afirmaciones son ciertas.
No obstante, las fuentes de la patronal consultadas explican que este margen no será suficiente para que respalden la medida, ya que a fin de cuentas, es una imposición a la negociación colectiva. Tampoco supone un cambio significativo para los siete diputados de Carles Puigdemont, que serán determinantes para sacar adelante el proyecto de ley en el Congreso. Es por ello que los firmantes dan por sentado que se harán nuevas incorporaciones al documento que irán dirigidas a conseguir estos votos a favor, para lo que esperan que se recuperen las ayudas a pymes y el plan de acompañamiento que ya se ofrecieron a las patronales de Antonio Garamendi y Gerardo Cuerva en la primera fase de la negociación.
En esta materia, la posición de Foment del Treball estaba totalmente alineada con la opinión mayoritaria en la sede de CEOE y fuentes empresariales aseguraron tener el compromiso de que el grupo de Miriam Nogueras votaría en contra. Sin embargo, los acercamientos de Díaz a Pimec, la patronal catalana integrada a nivel nacional en Conpymes y que tiene una importante influencia en los posconvergentes, han puesto en alerta a los empresarios con sede en Madrid que temen que Junts pueda respaldar la reducción por ley a cambio de ayudas para las pymes.
La patronal de Antoni Cañete no se mostró más favorable que el resto de organizaciones empresariales en los primeros contactos con la ministra de Trabajo, pero frente al 'no' rotundo orquestado desde CEOE, se inclinan por negociar medidas dirigidas a la pequeña y la mediana empresa en la tramitación parlamentaria del acuerdo cerrado ayer con los sindicatos. Precisamente, esta es la dirección en la que apuntan fuentes próximas a Díaz, que creen que la formación catalana se equivocaría si obedece a "la patronal española en Cataluña" y mantienen conversaciones "al más alto nivel" para evitarlo.
Los convenios deberán aplicar la reducción antes de 2026
Según se establece en el texto, los convenios colectivos tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptarse a la jornada máxima ordinaria de 37,5 horas. Así, los contratos celebrados a tiempo parcial con una prestación de trabajo de duración igual o superior a las 37,5 horas semanales de promedio "se convertirán automáticamente en contratos de trabajo a tiempo completo" a partir de la aplicación de la nueva jornada legal.
En caso de tener contratos con una duración inferior a las 37,5 horas, los trabajadores a tiempo parcial y los trabajadores con jornada reducida, tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo que viniesen efectuando antes de la entrada en vigor de la norma, al igual que los trabajadores con jornada reducida por cuidado de menor o familiares o que tengan la consideración de víctimas de violencia de género, violencia sexual o víctimas del terrorismo Además, tendrán derecho al incremento proporcional de su salario a partir de la aplicación de la jornada máxima ordinaria de 37,5 horas semanales.
Para estos colectivos, el umbral máximo legal de la reducción de jornada vigente en el momento de su inicio se mantendrá hasta que finalice el derecho a la reducción de jornada, con el límite absoluto del 31 de diciembre de 2026. Alternativamente, podrá adaptar la jornada reducida que venía realizando a la nueva jornada legal prevista, en el marco del horario que previamente disfrutaban. Esta opción se comunicará a la empresa con 15 días de antelación a la fecha de efectos de la adaptación, según el texto.
Para las jornadas especiales, el Gobierno se da un plazo de 18 meses para revisar, junto con los agentes sociales, la normativa sobre jornadas especiales de trabajo para adecuar las ampliaciones y limitaciones en la ordenación y en la duración de la jornada de trabajo a la nueva jornada máxima legal.
La Inspección tendrá acceso directo al registro horario
El pacto complementa la reducción de jornada con el derecho a la desconexión ("de nada sirve reducir la jornada si tu jefe te llama cuando estás cenando") y con un registro de jornada "digital y fiable" para garantizar la transparencia horaria y el cumplimiento del acuerdo. Para ello, será accesible para la Inspección de Trabajo, que sabrá la jornada que hacen los trabajadores en tiempo real.
Más en detalle, este registro digitalizado será diario para las jornadas a tiempo completo y mensual para los trabajadores a tiempo parcial. En este último caso, la empresa deberá entregar al trabajador, junto con el recibo de salarios, copia del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto ordinarias como complementarias. En cuanto a las horas extraordinarias, serán registradas día a día se totalizarán en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando la empresa copia del resumen al trabajador en un recibo. Todo ello, sin perjuicio de la forma de compensación.
Mediante la negociación colectiva o, en su defecto, decisión de la empresa, previa información y consulta con los representantes legales de la plantilla, se podrá establecer el régimen de organización y funcionamiento del registro de jornada. En el plazo de seis meses desde la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se establecerán los demás requisitos y contenidos que debe garantizar el registro para cumplir su finalidad.
Multas de hasta 10.000 euros por trabajador
También, ha avanzado Díaz, se mejora el sistema de infracciones por incumplimiento, dando lugar a las sanciones individualizadas: en vez de una única por empresa ("algo que salía muy barato", ha incidido la ministra), será de hasta 10.000 euros por cada trabajador al que se le merme este derecho.
Así, de acuerdo con el texto pactado con los sindicatos, la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo se sancionarán, en su grado mínimo, con multas de 1.000 a 2.000 euros; en su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros y, en su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros.
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