Si una vez solicitado el borrador de la declaración de la renta 2015 (IRPF campaña año 2016) consideras que refleja tu situación tributaria a efectos del impuesto IRPF, podrás efectuar la confirmación o suscripción del mismo en cuyo caso el borrador confirmado tendrá la consideración de declaración de la renta (IRPF) a todos los efectos. Si los datos son erróneos o falta añadir información, también podrás modificar el borrador de la renta.
Se podrá confirmar el borrador de la declaracion de la renta (IRPF campaña año 2016) desde el 6 de abril hasta el 30 de junio del 2016 por teléfono o por internet.
En el momento de consultar o confirmar el borrador, el contribuyente necesitará alguno de estos datos:
- Certificado electrónico de identificación o DNI electrónico
- Clave PIN24H
- Con número de referencia y/o casilla
También se podrá confirmar el borrador a partir del 10 de mayo
en oficinas de la Agencia Tributaria y entidades colaboradoras, previa
cita concertada por Internet o llamando al 901 22 33 44 (de 9 a 19
horas, de lunes a viernes) .
¿Cómo confirmar el borrador de la declaración de la renta 2015 si resulta a devolver?
- Confirmar el borrador por Internet con certificado electrónico de identificación o DNI electrónico, Clave PIN24H y con número de referencia y/o casilla 490.
- Confirmación de borradores por teléfono, Renta asistencia en el 901 200 345
- Confirmación de borradores a devolver en el teléfono automatizado: llamando al 901 12 12 24
- Confirmar el borrador por banca electrónica o telefónica de las entidades financieras que presten este servicio.
- Confirmar el borrador personalmente en:
- Oficinas de las entidades financieras que colaboren con la Agencia Tributaria
- Oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas.
- Oficinas de la Agencia Tributaria.
- Oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas.
- Oficinas de la Agencia Tributaria.
A) Si domicilias el pago de la declaración de la renta
- NIF/NIE
- La referencia con NRC o clave PIN
- Certificado electrónico o DNI electrónico.
- Confirmar el borrador en el 901 12 12 24 (VRU): NIF/NIE y el nº de justificante.
B) Si no domicilias el pago de la declaración de la renta
- Confirmar el borrador por Internet NIF/NIE y la referencia o clave PIN o certificado electrónico o DNI electrónico
- Confirmar el borrador personalmente en en oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades Locales
- En el 901 200 345 (Renta asistencia): NIF/NIE y referencia.
a) Cuando hayas obtenido determinadas rentas procedentes del extranjero que, en virtud de convenios para evitar la doble imposición suscritos por España, se declaren exentas con progresividad.
b) Cuando compenses partidas negativas de ejercicios anteriores.
c) Cuando debas regularizar situaciones tributarias procedentes de declaraciones anteriormente presentadas.
d) Cuando tengas derecho a la deducción por doble imposición internacional y ejercites tal derecho.
Modificación del borrador de la renta del 2015
Podrás instar la modificación del borrador de declaración del IRPF recibido cuando consideres que han de añadirse datos personales o económicos no incluidos en el mismo o adviertas que contiene datos erróneos o inexactos.
a) Rectificación del borrador mediante personación en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria,
b) Rectificación del borrador por medios telefónicos, mediante llamada al nº 901 200 345
c) Rectificación del borrador a través de Internet, en la dirección http://www.agenciatributaria.es
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